En los últimos meses he estado recibiendo muchas inquietudes de extranjeros que solicitan el visado de residencia en los distintos consulados dominicanos (principalmente en países latinos) y esta les es negada o rechazada.
Aunque siempre digo que deseo dejar de responder inquietudes y olvidarme del blog, después de 9 años se me hace difícil no responder, me siento comprometida con esta vaina! :D La verdad es que el tiempo no me ayuda mucho para poder escribir. Pero bien...
COMO EVITAR QUE LE NIEGUEN EL VISADO DE RESIDENCIA DOMINICANA
Lo primero que deben saber es cual es su MOTIVO para querer residir en RD, de acuerdo a este deberán justificar y avalar a las autoridades porque vienen a residir a RD, como ustedes saben, no hay plazas de trabajo para todos los extranjeros, menos para los dominicanos (o al revés);
Si su motivo es venir para trabajar en R.D, las autoridades consulares le complican el visado de residencia. Como?
Les pedirán el contrato de trabajo, este debe ser registrado pero además que sea dentro de un campo o rama en la cual se haga imposible conseguir el mismo personal dominicano, a esto de acuerdo a la ley de migración se le denomina "Personal Técnico Profesional Calificado". El inconveniente es que al tener el contrato un tiempo definido las autoridades dominicana suponen que en este plazo el extranjero regresará a su país, por lo que le otorgan un visado de trabajo, negocios etc, con el cual al entrar a RD para completar el trámite le otorgarán un "Carné de trabajo" con este tiene derecho a trabajar en RD legalmente sin embargo, no adquiere entre otras cosas los "beneficios" de un residente.
Ahora bien, cuando su motivación es iniciar un negocio en RD, las autoridades suponen que vienen para abrir plazas de trabajos y contratar dominicanos desempleados, lo ven "perfecto" pero te complican cuando solicitan las documentaciones de la "empresa" como pueden tener las documentaciones de la empresa si no han venido nunca a RD? Le piden que constituya la compañías como turista y luego regrese, algunos adquieren compañías vía internet, que si bien es cierto los saca del apuro de la visa, luego tienen un dolor de cabeza con la Dirección General de Impuestos Internos, es como comprarse un problema a futuro, por lo que yo no recomiendo que compren compañías ya registradas. (Pero eso es otro asunto que no pretendo abundar, ustedes hagan lo que quieran!)
Si su motivo es por Jubilado / Retirado, las autoridades son más flexibles para estos, deben demostrar que reciben una pensión por retiro o jubilación de 1,500 Dólares mensuales.
Si su motivo es que vienen a vivir de sus ingresos, es lo ideal para las autoridades, porque suponen que vienen a traer su dinero para gastarlo en RD, jejeeje! Quien no quiere mangos bajitos?
Igual deben demostrar que estos ingresos son de 2,000 Dólares mensuales, que lo han estado recibiendo por un mínimo de 5 años consecutivos (anoten ese dato, 5 años) y que esa cantidad es el producto de intereses acumulativos.
Si su motivo es que esta casado/a con un Dominicano/a el documento por excelencia es el certificado de matrimonio, el cual debe ser apostillado si fue realizado en el exterior o legalizado si el matrimonio fue en RD, y que el mismo tenga un mínimo de 6 meses de consumado. Cuales inconvenientes hay? Que muchas parejas extranjeras vienen de turistas contraen matrimonio y a los pocos días salen del país, no hay vida conyugal, ni relación legal entre la pareja, a usted no les parece raro? Pues a las autoridades también. Hagan vida legal en RD, alquilen un inmueble entre ambos, abran cuentas de ahorro a nombre de ambos, etc.
Respecto a los "Regularizados" por el Plan de Regularización de su presidente Danilo Medina. ja-ja!
Como ya lo había escrito en los inicios de éste, el Plan funcionará hasta que el carné de los regularizados expire, en ese plazo se necesitarán otros millones del Estado, para renovarlos o se inventan otra vaina. Se suponía que el regularizado sería dotado de una de las "Categorías Migratorias" establecidas en la ley de migración. Complicado? Hmmm! Veamos:
El Artículo 33 del Plan de regularización dice: (Ojo con el subrayado) "Plazo decidir la solicitud. En el plazo de cuarenta y cinco (45) días prorrogables desde la recepción de la solicitud, el Ministerio de Interior y Policía adoptará la decisión que corresponda, siguiendo los criterios previstos en el presente Plan y la notificará al interesado o a su representante legal, así como a la Dirección General de Migración, a los fines de que proceda a dotar al interesado del estatus migratorio correspondiente".
Que quiere decir esa vaina? Sencillo, que luego de que usted recibiese su carné de regularizado en el MIP, éste enviaría su expediente a la Dirección General de Migración, para que ésta previo a solicitarle los documentos faltantes lo incluyese dentro de una de las categorías migratorias establecidas en la ley de migración. Como cuales? Residente Permanente, Provisional o Temporal. Para que? Para que usted pueda dirigirse a la Junta Central Electoral y recibir su cédula de residente dominicano. Para que quiero cédula? No, que se yo! Con la cédula va al banco, con un carné de regularizado, no! Con la cédula solicitas licencia de conducir, con un carné de regularizado, no! Con la cédula estudias sin tener que pagar en dólares, con lo otro nanaina!
En fin, la cédula es lo que te da garantía de que estás legal en este país. Que está sucediendo? Que los primeros regularizados tienen casi dos años con su carné de regularizado y todavía la Dirección General de Migración y el MIP no saben cual es el siguiente paso. Se les va armar otro lío igual o peor!
Por aquí, todavía guardo la copia de un informe el cual remití en Julio del 2012 al Presidente de la República Dominicana y al Consejo Nacional de Migración para que éste fuese convocado, en vista de que el Director de entonces se mantenía violando la ley de migración constantemente, asumiendo funciones de Consejo y de Presidente. -No le hicieron caso, quizás ni lo leyeron y para el 2013 ya tenían un maldito lío, que le devino en raquiña al Presidente. jajajaja Cuando los haitianos se revolotearon como un huevo, convocaron de urgencia al Consejo e hicieron su tollo en la inmediatez.
Ahora me importan más tres pepinos que estoy sembrando, LoL que gastar mi dinero y conocimientos, informando a quien se supone debe saber o se hace el Sueco.
Me extendí con los regularizados, pero lo importante que deben saber es que, si quieren residencia deben solicitar su visado de residencia e iniciar su trámite en DGM, para lo cual deben renunciar a la regularización. "Este último dato es extraoficial" Hasta secretos les doy y ni así me quieren pagar! bárbaros! jajajja!
Interesante articulo...
ResponderEliminarExcelente punto...
ResponderEliminarbuenas tardes,he leído mucho este blog y tiene información muy interesante, quisiera preguntarte algo. yo dure 1 año y dos meses viviendo en santiago RD, de los cuales 4 meses viví con mi novio dominicano, ahora el viene a Colombia a casarse conmigo y yo me iré a seguir viviendo con el a dominicana, aun no sabemos ¿que documentos aparte del acta de matrimonio debemos llevar a la junta para registrar el matrimonio y poder pedir la residencia? porque quiero estudiar en la UASD y como tu dices es mucho mejor con la cédula dominicana. por lo que leí entiendo que debo vivir con el 6 meses sin interrupción para poder solicitar la residencia.
ResponderEliminarEstás clara en todo! Si todo eso lo leíste en el Blog, entonces es un éxito.
EliminarPara registrar el matrimonio en RD, necesitan el certificado de matrimonio colombiano, apostillado.
Para la solicitud de visa de residencia, deben cumplir los requisitos del consulado dominicano en Colombia.
No es que sea mejor con la cédula, sino que al estudiar como residente legal no tendrías que pagar como extranjera.