Preguntas y Respuestas sobre Extranjeros contraer Matrimonio en República Dominicana


Debido a la gran cantidad de preguntas que recibimos diariamente sobre el procedimiento y los requisitos para extranjeros contraer matrimonio en República Dominicana, responderemos ciertas  preguntas importantes.

P. CUALES DOCUMENTOS NECESITA UN EXTRANJERO PARA CASARSE EN RD?
R. El extranjero que desee contraer matrimonio en R.D, necesita Tres (3) documentos, imprescindibles.
a)      Certificado de Nacimiento Apostillado;
b)      Pasaporte;
c)       Certificado de Soltería – Sentencia de Divorcio en caso de que sea divorciado.

P. MIS DOCUMENTOS ESTAN EN OTRO IDIOMA, QUE HAGO?
Todos los documentos que pretendan ser utilizados en R.D. y que no estén en idioma Español (a) y (b) deben ser traducidos.  
Tienen dos opciones para la traducción, - traerlos traducidos y apostillados (si aplica) desde su país. –Traducirlos en RD a través de un traductor legal y luego legalizar la firma del traductor.

P. MI PAIS NO APOSTILLA QUE DEBO HACER?
Aquellos países que NO son firmantes del Convenio de la Haya (Apostilla); los documentos que serán utilizados en RD, deben ser legalizados en el consulado dominicano de su país y luego legalizar la firma consular en Rep. Dom.
Ejemplo: Un Costarricense contraerá matrimonio en RD, su Cert. de Nacimiento y Cert. de Soltería deben ser legalizados en el Consulado dominicano en Costa Rica y luego homologar la firma del cónsul dominicano en el Ministerio de Relaciones Exteriores en Santo Domingo.
En este caso el ejemplo indica un documento público de Costa Rica, ya que éste país no es signatario o firmante del Convenio de la Haya, pero igual proceso sería con un documento público, Canadiense, Alemán, Belga, Haitiano, países árabes entre otros.

P. LOS PRECIOS PARA CONTRAER MATRIMONIO EN RD, CORRESPONDEN A PESOS O DOLARES?
R. Todos los costos en RD, corresponden a Pesos Dominicanos (RD$)

P. EN CUAL REGISTRO CIVIL PUEDO CONTRAER MATRIMONIO?
R. En todas las provincias y municipios dominicanos, hay oficialías del Estado Civil, puedes contraer matrimonio en cualquiera de ellas.

P. PUEDO REALIZAR EL MATRIMONIO EN UN LUGAR ESCOGIDO POR LOS CONTRAYENTES?
R. Claro que sí! el oficial del Estado Civil, puede realizar el matrimonio en el lugar escogido por los futuros esposos, para ello, al registrar la fecha de matrimonio deben realizar el pago correspondiente.

P. QUISIERA UN FOTÓGRAFO EN LA OFICIALIA AL MOMENTO DE REALIZAR LA BODA, ES POSIBLE?
 R. Por supuesto que sí! Arte Fotográfico Frank se desplaza a cualquier lugar que desees. Email: artefotograficofrank@hotmail.com

P. ES NECESARIO PARA UN EXTRANJERO TENER RESIDENCIA DOMINICANA PARA CONTRAER MATRIMONIO EN RD?
R. No es necesario ser residente dominicano. Sin embargo contraer matrimonio como extranjero tiene un precio mayor que al contraer matrimonio como residente, pero el proceso de residencia también conlleva un costo y un tiempo adicional.

P. CUAL ES LA VENTAJA DE CONTRAER MATRIMONIO COMO RESIDENTE?
R. La ventaja dependerá de la situación del extranjero, algunos prefieren hacer la residencia dominicana cuando una de la pareja es dominicana y el extranjero desea optar por la ciudadanía dominicana.  
Así mismo algunas personas extranjeras deciden realizar una petición de visa de residencia para otro país, desde un consulado extranjero en Rep. Dom debe ser residente legal en RD.
Ejemplo: Usted es Salvadoreño, Haitiano, Panameño etc. y quiere dirigirse hacia Estados Unidos u Europa, pero está en territorio Dominicano, para hacer la solicitud de visado en el consulado de uno de estos países desde República Dominicana, debe tener residencia legal en RD.  

P. QUEREMOS CONTRAER MATRIMONIO CON SEPARACIÓN DE BIENES, COMO LO HAGO?
R. Antes de contraer matrimonio deben redactar un documento legal, en el cual establecen la separación de sus bienes, legalizado y notificado.

P. SOY DIVORCIAD(A) O VIUDO (A) QUE NECESITO.
Cuando el hombre contrayente es divorciado, se requiere la sentencia de Divorcio, apostillada.
Cuando la mujer contrayente es divorciada, se requiere la sentencia de divorcio con 10 meses de expedida, o sea, diez meses después de obtener el certificado de divorcio puede contraer matrimonio. Sin embargo existen ciertas excepciones para cuando la mujer no cumple con el plazo de los 10 meses y desea contraer matrimonio.

VIUDO (A): Realmente olvidaba esta parte Gracias a Patricia M, quien me envió un mail privado para corregir mi error  :) Los viudos (a) necesitarán sólo el acta de defunción del esposo (a) fallecido.

P. QUE PODEMOS HACER PARA TENER TESTIGOS DOMINICANOS?
R. Aquí podrá encontrar testigos de sobra. 

P. SOY ITALIANO (A) NECESITO ALGO ESPECIAL?

Sí, los italianos (a) antes de registrar la fecha de matrimonio ante el oficial civil deben hacer una publicación externa (en la puerta de la oficialía) por tres (3) días consecutivos, con la hora y la fecha del matrimonio. a esto se le denomina EDICTO que no es mas que la publicidad antes de la celebración del matrimonio, tiene por objeto que terceras personas que conozcan algún impedimento al matrimonio  pueda manifestarlo.   

P. SOMOS UNA PAREJA HOMOSEXUAL, PODEMOS CONTRAER MATRIMONIO EN RD.
R. No, las leyes dominicanas no establecen el matrimonio entre personas del mismo sexo.

P. TENGO OTRA PREGUNTA…?
R. Puedes hacerla sin miedo, sin embargo lee todas estas muy bien antes, porque no voy a responder las mismas preguntas. Sino he respondido tu pregunta, deja el comentario.

P. USTED COBRA POR SERVICIO DE AYUDA?

R. Por informar obviamente NO.


Todos trabajamos por una remuneración, Yo no soy la excepción, por supuesto que tengo honorarios por mis servicios. Rechaza lo gratis, siempre es más costoso :D

SALUDOS…