Nacionalidad, Ciudadanía Dominicana de los Hijos de Dominicanos Nacidos en el Exterior




Para los hijos de dominicanos, que han nacido en el exterior, el trámite para solicitar la nacionalidad de los padres se realiza de dos maneras.

PRIMERO: Al nacer el niño en el extranjero, deben dirigirse con las documentaciones al Consulado Dominicano del país donde se encuentre, para que este sea registrado en el consulado, el documento expedido por el consulado deberá ser legalizado en RD y posteriormente transcribir en el Registro Civil dominicano.

SEGUNDO: Luego de tener el certificado de nacimiento extranjero del menor, apostillado, en RD dominicana se realiza el acto de naturalización como hijo de dominicano nacido en el exterior. OBSERVACIÓN: Este segundo paso, finalmente ha sido eliminado en el 2015 en virtud de que como establece la constitución dominicana de hoy y de siempre los hijos de dominicanos son dominicanos, pero ciertas autoridades nunca lo habían leído o no se daban por enterados, debido al ingreso monetario que le generaba. Tardó que lo entendieran pero la JCE en su funciones de Registro Civil lo conminó a lo aprendieran. Ahora falta saber que harán con todos los hijos de dominicanos que fueron naturalizados? Tiraran los expediente a la basura para ellos hacer eso es como comerse un chicle

En los casos que se trate de un menor de edad, la naturalización será provisional en el entendido que el menor al cumplir la mayoría de edad puede declinar la nacionalidad del padre o los padres dominicanos y permanecer con su nacionalidad de origen.

Nota: Las informaciones expresadas en estas entradas son criterios y opiniones del autor, solicite la debida autorización para su reproducción y/o edición. 

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