Mas de la Apostilla...

Como en todos los inicios de algo nuevo, siempre surgen innumerables inquietudes, he buscado el texto original del convenio en el Web de la conferencia de La Haya, encontrando aspectos importantes que probablemente resolverán algunas de las múltiples dudas que nos acosan cuando debemos realizar cualquier trámite documental.

Cuales documentos pueden ser apostillados? El texto establece que la convención aplica solo para aquellos documentos públicos que expide cualquier autoridad pública relacionada con un órgano jurisdiccional, incluyendo aquellos expedidos por autoridades eclesiásticas, administrativas, ministerio público, de un secretario, oficial o agente judicial;

Certificados de Matrimonio, defunción, nacimiento, actos notariales, títulos académicos expedidos por instituciones públicas, (Los títulos expedidos por instituciones privadas necesitan el aval de la Secretaría de Educación antes de la apostilla).

Cuales Países y/o Estados son firmantes, adheridos, contratantes al convenio?

Albania - Andorra - Antigua y Barbados - Argentina - Armenia - Australia - Austria - Bahamas - Barbados - Belarus - Belgium - Belice - Bosnia y Herzegovina - Botswana - Bulgaria - Cape Verde - China (Hong Kong) - China (Macao) Colombia - Cook Islands - Croacia - Chipre – Republica Checa - Dinamarca- Dominica – República Dominicana - Ecuador - El Salvador - Estonia - Fiji - Finlandia - Francia - Georgia - Alemania - Grecia - Granada - Honduras – Hurgaría - India - Israel - Italia - Japón - Corea, República de Malta – Islas Marshall - Mauricio - México - Mónaco - Mongolia - Montenegro - Nueva Zelanda – Noruega - Panamá - Portugal - Rumania – Federación Rusia - Saint Kitts and Nevis - Saint Lucia - Serbia - África Sur - España - Surinam - Suecia - Suiza - Trinidad y Tobago - Turquía - Ucrania - USA - Venezuela – Entre otros.

Ahora bien, la inquietud que surge es la siguiente, requieren todos estos países aceptar la adhesión de otro país, o simplemente la firma del convenio equivale en plano de igualdad para todos los Estados firmantes o adherentes?

3 comentarios:

  1. Anónimo1/13/2017

    Buenos días,

    Tengo una amiga que vive en República Dominicana, tienen un hijo español, el papa viaja mucho y le hizo un poder general notarial con apostilla de la Haya para que pudiera tramitar renovación de pasaporte, autorizar ella misma salidas al extranjero con el centro escolar, incluso que ella pudiera viajar con el niño fuera de Republica, pero parece ser que no es suficiente, que no es válida.

    Podrían indicarme cómo proceder ?

    Gracias
    Maria

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    Respuestas
    1. No puede hacer un poder general, la autorización de salida del país, es un poder especial. Para salir del país con el menor, el padre debe enviar un poder consular desde el consulado dominicano del país donde esté.
      Poder consular para viaje de menor.

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    2. Disculpa dices que el hijo es Español? Si ese menor no es dominicano ni tiene residencia en RD, no necesita autorización para salir de RD, lo que si deben pagar es la estadía por el tiempo que el menor ha estado en RD.

      Hay cosas que no entiendo de tu caso, se asesoraron mal o están confundidas.

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